Además la reforma aprobada por los diputados federales, establece un fondo permanente de apoyo a entidades y municipios para fortalecer sus instituciones de seguridad pública

REDACCIÓN.

CDMX.- Con 339 votos a favor, 155 en contra y dos abstenciones, los diputados aprobaron el proyecto que modifica el artículo Quinto Transitorio del decreto que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política, en materia de Guardia Nacional y durante los nueve años siguientes, el presidente de la República podrá disponer de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad pública.

Conforme a los términos planteados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la participación de las Fuerzas Armadas deberá ser extraordinaria, de tal manera que se acredite la absoluta necesidad, que sea temporal y solicitada de forma expresa y justificada por la autoridad civil.

Por igual, fiscalizada, que implica la constante revisión o supervisión del funcionamiento institucional a través de la rendición de cuentas, y subordinada y complementaria, subraya que las acciones que lleve a cabo, en ningún caso tendrán por objeto sustituir a las autoridades civiles de otros órdenes de gobierno en el cumplimiento de sus competencias o eximir a dichas autoridades de sus responsabilidades.

Establece que el Ejecutivo Federal presentará al Congreso de la Unión un informe semestral, proporcionando indicadores cuantificables y verificables que permitan evaluar los resultados obtenidos en el periodo reportado en materia de seguridad pública.

El dictamen evaluará el cumplimiento de las condiciones establecidas para la participación de la Fuerza Armada permanente en labores de seguridad pública y deberá señalar aquellas entidades federativas donde deje de ser requerida su presencia en esas labores.

Luego del plazo señalado y concluya la participación en labores de seguridad pública el ejército, la GN y las demás instituciones de seguridad pública asumirán a plenitud las facultades establecidas en el artículo 21 de la Constitución.

A partir del ejercicio fiscal 2023, añade, el Ejecutivo Federal establecerá un fondo permanente de apoyo a las entidades federativas y municipios destinado al fortalecimiento de sus instituciones de seguridad pública, mismo que se establecerá de forma separada e identificable respecto de cualquier otro ramo o programa y no podrán ser utilizados para otro fin.

Hasta un 25 por ciento de dicho fondo se asignará a las entidades federativas con mejores resultados en materia de seguridad pública, conforme los indicadores que establezca el Consejo Nacional de Seguridad Pública.

En adición a esos recursos federales establecidos, los gobernadores establecerán anualmente un fondo de apoyo a las instituciones de seguridad pública de los municipios, en especial aquellos con menor población o mayor grado de marginación.

Las partidas presupuestales no se exceptuarán de la transparencia y fiscalización superior por razones de seguridad nacional.

Este decreto se remitió a las legislaturas de los estados y al Congreso de la Ciudad de México, quienes deberán aprobar o rechazarlo.

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